Serán miembros de la Red Española de Ciudades Saludables todas aquellas Entidades Locales españolas integradas en la FEMP que, cumpliendo los requisitos de admisión y permanencia que se establecen a continuación, acepten las presentes normas de organización y funcionamiento y sean admitidos por la Junta de Gobierno de la FEMP. (ver apartado Normas funcionamiento)
Las Entidades Locales que deseen ser miembros de la Sección deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Compromiso político municipal de adscripción a la Sección, expresado por acuerdo del Pleno.
- Tener elaborado un análisis de situación y un plan de salud para la ciudad o el compromiso de elaborarlos.
- Designación de un responsable político y un responsable técnico, como interlocutores ante la Sección.
- Aceptación de las normas de funcionamiento. (ver apartado Normas funcionamiento)
La representación de cada miembro la ostenta su Alcalde/Presidente.
Documentación que ha de remitirse cumplimentada a la FEMP para hacer efectiva su adhesión a la Red:
FEMP. Federación Española de Municipios y Provincias
C/ Nuncio, 8
28005 Madrid o por correo electrónico a ciudades.saludables@femp.es
- Copia del acuerdo adoptado por el Pleno de la Entidad Local estableciendo su voluntad expresa de adherirse a la Red/ Sección RECS y de cumplir sus fines estatutarios *
- Formulario de adhesión a la sección de la FEMP Red Española de Ciudades Saludables (RECS)
- Datos del representante político y del representante técnico
Para actualizar los datos de los representantes, por favor, envíenos el último formulario correctamente cumplimentado.
* (Modelo tipo de presentación de propuesta para la solicitud de Adhesión a la Red Española de Ciudades Saludables.)
Cuotas por habitantes
Población | Importe de la Cuota |
---|---|
Menor de 2.500 habitantes | 100€ |
Entre 2.501 y 5.000 habitantes | 150€ |
Entre 5.001 y 15.000 habitantes | 500€ |
Entre 15.001 y 50.000 habitantes | 1.000€ |
Entre 50.001 y 150.000 habitantes | 2.000€ |
Mayor de 150.001 habitantes | 3.000€ |